Dos años después de la dana, el protocolo climático laboral sigue en el papel

Tras la dana de Valencia, la legislación laboral incorporó un permiso pagado para quien no puede llegar a su puesto, un ERTE para cuando la situación se alarga, el derecho de los representantes de la plantilla a conocer el plan de la empresa ante una alerta y el deber de negociar protocolos frente a catástrofes. Sin embargo, dos años después, la realidad es otra: pocos convenios recogen estas medidas, el reglamento prometido sigue sin llegar y la patronal valenciana defiende la derogación de la norma.
Dos años después de la dana, el protocolo climático laboral sigue en el papel

Cuando la dana descargó sobre la provincia de Valencia el 29 de octubre de 2024, una parte de la población seguía en sus puestos o volvía a casa por carreteras inundadas, y la pregunta de quién decide si se va o no a trabajar durante una alerta meteorológica dejó de ser una cuestión técnica para convertirse en una discusión pública sobre responsabilidades.

Un mes después, el Real Decreto-ley 8/2024, convalidado por el Congreso en diciembre de ese año, modificó el Estatuto de los Trabajadores para cubrir una situación que hasta entonces dependía de la voluntad de cada empresa o de las reglas generales de prevención de riesgos.

El antecedente más cercano, aprobado en 2023 a raíz de las olas de calor, obliga en los trabajos al aire libre a adaptar las condiciones, incluido el horario, cuando un aviso naranja o rojo de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) o del servicio autonómico anuncia un fenómeno adverso y las demás medidas preventivas no bastan.

El decreto de la dana dio además al Gobierno un año para aprobar un reglamento sobre la protección de las personas trabajadoras frente a los efectos del cambio climático. El plazo venció a finales de 2025. En julio de 2026, el secretario de Estado de Trabajo lo describía como un texto “muy avanzado”, y en agosto de 2026 los sindicatos seguían reclamando su aprobación.

Entre las herramientas vigentes y su uso real hay una distancia difícil de medir, porque casi todas dependen de que se negocien en los convenios o de que se activen en el momento de la emergencia, y ni lo uno ni lo otro deja una estadística pública. A esa falta de datos se suma un debate abierto sobre quién paga y sobre el valor que debe tener un aviso meteorológico.

Cuatro herramientas para un día de alerta

Antes de que llegue la emergencia, los convenios colectivos deben negociar protocolos de actuación frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos, con medidas de prevención específicas. La norma obliga a sentarse a negociarlos, aunque no a cerrar un acuerdo, y tampoco fija plazo ni contenido mínimo.

El modelo que la Unión General de Trabajadores (UGT) de Castilla y León difundió en abril de 2026 prevé actuaciones distintas para cada nivel de aviso (amarillo, naranja y rojo), la suspensión de las tareas a la intemperie con aviso rojo y teletrabajo cuando el puesto lo permita.


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La representación de la plantilla tiene derecho, además, a ser informada de las medidas que la empresa tiene previstas para cuando se active una alerta por catástrofe o temporal. Ese derecho enlaza con una regla que ya existía en el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, según la cual, ante un riesgo grave e inminente, la persona trabajadora puede interrumpir su actividad y abandonar el puesto sin sufrir perjuicio alguno, salvo que actúe de mala fe o con negligencia grave.

Si la empresa no adopta medidas, los representantes pueden acordar por mayoría la paralización, y la autoridad laboral dispone de veinticuatro horas para mantenerla o anularla.

Para quien no puede llegar a su puesto, el permiso climático del artículo 37.3.g del Estatuto permite ausentarse sin perder el salario cuando las autoridades recomiendan o restringen los desplazamientos, o cuando existe un riesgo grave e inminente derivado de una catástrofe o de un fenómeno meteorológico adverso. El permiso dura mientras persistan esas circunstancias, y durante los cuatro primeros días la empresa no puede sustituirlo por un ERTE. El coste corre a cargo de la empresa, que puede optar por el teletrabajo si la naturaleza del puesto y el estado de las comunicaciones lo permiten.

Cuando la imposibilidad de acceder al centro se prolonga más allá del cuarto día y no cabe el trabajo a distancia, la empresa tiene la alternativa de tramitar un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor para suspender contratos o reducir jornadas.

La norma obliga a sentarse a negociar los protocolos, aunque no a cerrar un acuerdo, y tampoco fija plazo ni contenido mínimo.

Con el ERTE, los afectados pasan a cobrar la prestación por desempleo y la empresa puede acogerse a exenciones en sus cotizaciones, condicionadas a mantener el empleo. En total, los ERTE vinculados a la dana llegaron a proteger a más de 33.000 trabajadores y 2.800 empresas en la provincia de Valencia, según los datos de balance publicados por el Ministerio de Trabajo al cumplirse un año de la catástrofe.

Pocos convenios, cláusulas genéricas

Uno de los análisis más detallados sobre la negociación de los protocolos lo firma el profesor de Derecho del Trabajo Francisco Javier Arrieta, que revisó 172 convenios del periodo comprendido entre diciembre de 2024 y julio de 2025.

Una parte se limita a anunciar que el protocolo se regulará más adelante, y los que sí lo regulan lo hacen, en su opinión, de forma demasiado genérica e imprecisa. Arrieta sostiene que la ley debería haber fijado un contenido mínimo obligatorio. Por su parte, la catedrática Gloria Rojas, de la Universidad de La Laguna, coincide en la revista del Ministerio de Trabajo en que buena parte de las cláusulas climáticas son genéricas y apenas tienen efectos prácticos.

En una jornada de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos celebrada en noviembre de 2025, ninguno de los convenios que analizaron los especialistas invitados contenía reglas específicas para episodios como una dana.

En la propia Comunitat Valenciana, la UGT contabiliza 13 convenios con protocolo frente a catástrofes, que, según sus cálculos, alcanzan a algo más de 132.000 personas, en torno a una de cada seis del total. El sindicato advierte de que esa cifra no indica cuántas empresas aplican de verdad un plan de emergencia, y Comisiones Obreras (CCOO) describe una adopción “muy desigual”, con empresas que imponen protocolos sin negociarlos y otras que solo los tienen sobre el papel.

Del permiso climático se sabe todavía menos, porque ni el Ministerio de Trabajo ni la Seguridad Social publican cuántas veces se ha utilizado. Lo que trasciende son casos aislados, como el de Seat y Ebro, que cancelaron turnos acogiéndose a él durante el temporal de viento de febrero de 2026 y las lluvias de octubre de 2026 en Cataluña.

La Inspección de Trabajo puso en marcha en noviembre de 2024 una campaña de control en la Comunitat Valenciana vinculada a la dana, y hasta septiembre de 2026 había detectado 34 infracciones por poner en peligro la salud de los empleados durante emergencias, con multas que suman casi 350.000 euros, según datos del Ministerio de Trabajo.

Inspección de Trabajo suma multas de casi 350.000 euros por poner en peligro la salud de los empleados durante emergencias.

Quién paga y quién decide

La Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana (CEV) defiende la derogación del decreto y propone trasladar al sistema público el coste de los permisos climáticos. Critica que se activen responsabilidades empresariales a partir de avisos de la Aemet que, a su juicio, son meras recomendaciones, y pide crear un sistema de alerta meteorológica laboral orientado específicamente a los centros de trabajo.

Al margen del reglamento, en abril de 2026 el Consejo de Ministros aprobó en primera vuelta un anteproyecto de reforma de la Ley de Prevención que incorporaba los riesgos derivados del cambio climático y de las catástrofes naturales a la evaluación obligatoria de riesgos. El texto no pasó de anteproyecto y, con las Cortes disueltas por las elecciones del 29 de noviembre de 2026, su tramitación tendrá que esperar a la próxima legislatura, mientras el reglamento sigue pendiente.

Mientras no llega una regulación general, las emergencias posteriores han seguido recibiendo respuestas específicas, como la prestación extraordinaria que otro decreto ley creó tras los incendios forestales del verano de 2026 para quienes no podían volver a su vivienda.

La Comisión Europea prevé presentar a principios de diciembre de 2026 una norma sobre empleo de calidad que, según la comisaria Roxana Mînzatu, abordará en primer lugar los riesgos meteorológicos y psicosociales. La consulta previa a sindicatos y patronales planteaba reglas comunes frente al calor y los fenómenos extremos.

Si el calendario de Bruselas se cumple y el reglamento español sigue sin aprobarse, la propuesta europea se conocerá antes que la norma que debía concretar en España cómo se protege a quien trabaja en un día de alerta.

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