El Supremo obliga al Gobierno a desvelar el algoritmo que decide el bono eléctrico

El Supremo obliga al Gobierno a desvelar el algoritmo que decide el bono eléctrico

El Alto Tribunal reconoce el derecho de acceso al código fuente de la herramienta Bosco, usada para verificar si los solicitantes cumplen los requisitos del bono social. La sentencia refuerza la transparencia en sistemas informáticos que afectan a derechos sociales y ordena a la Administración facilitar el código a la Fundación Civio.
19 septiembre 2025

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que obliga a la Administración del Estado a entregar a la Fundación Civio el acceso al código fuente de la aplicación informática Bosco. Esta herramienta, desarrollada por el Ministerio para la Transición Ecológica, permite a las comercializadoras de energía eléctrica comprobar si los solicitantes reúnen los requisitos legales para ser considerados consumidores vulnerables y acceder al bono social eléctrico.

La resolución, fechada el 11 de septiembre de 2025 (recurso de casación 7878/2024), fija doctrina sobre si debe facilitarse el código fuente de aplicaciones públicas que intervienen en decisiones automatizadas que reconocen derechos sociales. El Tribunal concluye que, en aras de la transparencia y el control democrático, el derecho de acceso a la información puede incluir el acceso al código fuente cuando sea necesario para comprender el funcionamiento del sistema y verificar su adecuación a la normativa aplicable.

“Hoy damos un paso de gigante hacia la transparencia algorítmica. El Tribunal Supremo ha dado la razón a Civio y obliga al Gobierno a darnos el acceso al código fuente de Bosco, la aplicación que decide quién recibe y quién no el bono social, tras exigirlo desde 2018 y enfrentarnos a numerosos reveses judiciales. Y lo hace en una sentencia que estima nuestro recurso de casación, crea jurisprudencia y establece que conocer las tripas de los programas y algoritmos que usan las administraciones públicas es un derecho democrático”, señala la fundación ciudadana Civio.

El Supremo interpreta los artículos 14 y 16 de la Ley 19/2013, de transparencia, a la luz del artículo 42 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE y del artículo 105.b) de la Constitución Española. Subraya que:

  • El acceso a la información pública no es solo un principio rector abstracto: es un derecho constitucional ejercitable, como derecho subjetivo, frente a las Administraciones, ligado a la democracia y la transparencia.
  • Este derecho cobra especial relevancia ante el uso de tecnologías y decisiones automatizadas en la gestión pública, especialmente cuando afectan al reconocimiento de derechos sociales.
  • En estos casos, la transparencia de los procesos informáticos puede requerir el acceso al código fuente para comprobar que el algoritmo se ajusta a la ley.

Aplicando esta doctrina, el Tribunal estima el recurso de Civio, casa y anula la sentencia de la Audiencia Nacional, revoca el fallo del Juzgado Central y reconoce el derecho de la Fundación a acceder al código fuente de Bosco. En consecuencia, condena a la Administración a facilitar dicho acceso.

Con esta decisión, el Tribunal Supremo refuerza la obligación de transparencia en el uso de sistemas automatizados en la Administración, especialmente cuando de ellos depende el reconocimiento de prestaciones y derechos de carácter social.

Comentarios

Powered by Sindyk Content
Arriba