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Transparencia insta a 26 entidades a cumplir “sin demora” con sus obligaciones
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha realizado esta cuarta evaluación a 78 entidades que, tras tres ‘exámenes’ anteriores en las que la autoridad independiente les ha dirigido las correspondientes recomendaciones personalizadas, no habían alcanzado un nivel satisfactorio de cumplimiento de la Ley de transparencia en lo que respecta a la publicación de los contenidos obligatorios en sus páginas web, lo que la ley denomina obligaciones de publicidad activa.
El Consejo revisa las páginas web de las entidades para comprobar si publican la información que están obligadas por ley y si lo hacen con los atributos de calidad que esta norma establece. Así, según la información publicada, cada entidad obtiene un Índice de Cumplimiento de la Información Obligatoria (ICIO) y el Consejo señala los incumplimientos en los que ha incurrido y le formula una serie de recomendaciones específicas para lograr el pleno cumplimiento.
En esta última evaluación se ha verificado que 19 entidades habían aplicado todas las recomendaciones formuladas por el Consejo en 2023 y lograron el pleno cumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa. Otras 33 alcanzaron un nivel de cumplimiento igual o superior al 75%. El índice medio de cumplimiento se sitúa en el 80,4%.
No obstante, el Consejo lamenta que, en el conjunto de entidades analizadas, todavía subsisten 26 entidades públicas, corporaciones de derecho público (colegios profesionales) y entidades privadas perceptoras de subvenciones y ayudas públicas que aún no llegan al 75% de cumplimiento de sus obligaciones de transparencia. De ellas, algunas incluso empeoraron entre la tercera y la cuarta evaluación.
Ante esta situación de incumplimiento “persistente e injustificable”, después de más de 10 años de vigencia de la ley de transparencia y tras cuatro evaluaciones en las que se les ha señalado cuáles son los incumplimientos y la forma de subsanarlos, el Consejo les insta a cumplir sin dilación con las obligaciones que les impone la Ley de transparencia.
En particular, el Consejo recuerda a los responsables de las siete entidades públicas con un índice de cumplimiento inferior al 75% que el artículo 9.3 de la Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información y buen gobierno (LTAIBG) establece que “el incumplimiento reiterado de las obligaciones de publicidad activa reguladas en este capítulo tendrá la consideración de infracción grave a los efectos de aplicación a sus responsables del régimen disciplinario previsto en la correspondiente normativa reguladora”.

La experiencia derivada de los procesos de evaluación realizados en los últimos cuatro años lleva al Consejo a reafirmarse en la necesidad de que se dote a esta autoridad independiente de potestades coercitivas para garantizar el pleno cumplimiento de la LTAIBG. “Es fundamental que el órgano estatal independiente de supervisión del cumplimiento de la transparencia pueda contar con instrumentos de ejecución forzosa, como por ejemplo la imposición de multas coercitivas a aquellas entidades persistentemente incumplidoras”, como ha manifestado públicamente el presidente del Consejo, José Luis Rodríguez Álvarez.