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La Comisión Europea dilapida las directivas de reporte de sostenibilidad
El pasado 26 de febrero, la Comisión Europea presentó su Paquete Ómnibus que plantea cambios significativos en tres regulaciones clave: la Directiva sobre informes de sostenibilidad de las empresas (CSRD por sus siglas en inglés), la Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial (CSDDD) y la Taxonomía Verde.
Los motivos esgrimidos para esta revisión son claros: reducir la carga administrativa sobre las empresas y evitar que la regulación en sostenibilidad suponga una desventaja competitiva frente a otras economías con marcos menos exigentes. Sin embargo, detrás de este argumento subyace una realidad más compleja.
Muchas empresas han invertido enormes cantidades de tiempo, dinero y recursos en prepararse para cumplir con unas normativas que ahora se diluyen o se posponen. Esta situación genera una gran incertidumbre al respecto de si las empresas deben seguir adelante con sus estrategias de cumplimiento o detenerse a la espera de confirmaciones definitivas.
La discusión no es trivial. Mientras algunos ven en esta flexibilización una medida necesaria para garantizar la viabilidad económica de las empresas europeas, otros alertan de que esta marcha atrás podría socavar la credibilidad de la UE como líder en sostenibilidad.
Además, existe el riesgo de que esta desregulación impulse una relajación similar en otras economías, debilitando los esfuerzos globales para combatir el cambio climático y garantizar el respeto a los derechos humanos en las cadenas de suministro.
CSRD: reducción del alcance y dilación en la aplicación
Uno de los cambios más significativos introducidos por el Paquete Ómnibus afecta a la CSRD, la directiva que establece los requisitos de reporte de sostenibilidad para las empresas europeas. Esta directiva había sido diseñada para ampliar y profundizar la información que las empresas debían proporcionar sobre su impacto ambiental, social y de gobernanza, reemplazando a la anterior Directiva de información no financiera (NFRD).
Con el tijeretazo de la Comisión Europea, la CSRD reducirá drásticamente el número de empresas obligadas a reportar y la profundidad de los informes. La Directiva, que inicialmente aplicaba a empresas con más de 500 empleados, ahora solo será exigida a aquellas con más de 1.000 trabajadores y una facturación neta superior a 50 millones de euros o activos superiores a 25 millones de euros. Esto significa que aproximadamente el 80% de las empresas que antes estaban sujetas a la normativa ya no estarán obligadas a cumplir con estos requisitos.
Otro cambio importante es la eliminación de los estándares sectoriales. En un principio, la CSRD contemplaba la creación de criterios específicos para cada industria, permitiendo que las empresas reportaran información alineada con sus particularidades. Sin embargo, esta exigencia ha sido eliminada, lo que podría dificultar la comparabilidad entre empresas del mismo sector y reducir la utilidad de los informes para inversores y otros grupos de interés.
La Comisión también ha anunciado la revisión de los Estándares de reporte de sostenibilidad europeos (ESRS) con el objetivo de simplificarlos. Aunque se argumenta que esta medida busca hacer el proceso más eficiente y reducir la carga administrativa sobre las empresas, existe preocupación en torno a una posible disminución en la calidad y profundidad de la información proporcionada.
Aproximadamente el 80% de las empresas que antes estaban sujetas a la CSRD ya no estarán obligadas a cumplir con estos requisitos.
Otro aspecto clave es la flexibilización en la verificación de los informes. Antes del Paquete Ómnibus, la CSRD exigía auditorías externas obligatorias para garantizar la calidad y fiabilidad de la información reportada. Con la nueva propuesta, este requisito ha sido relajado, permitiendo controles menos exigentes y reduciendo la supervisión independiente.
Además, se ha planteado un posible retraso de dos años en la aplicación de la CSRD para muchas empresas. Esta medida, aunque permitiría a las compañías disponer de más tiempo para adaptarse, aún debe pasar por el proceso legislativo de la UE, lo que podría llevar entre 4 y 7 meses en el mejor de los casos antes de que se haga efectiva.
Estos cambios han generado una gran incertidumbre en el sector corporativo. Muchas empresas ya habían comenzado a prepararse para cumplir con la CSRD y ahora enfrentan un dilema: continuar con sus planes de cumplimiento o detenerse y arriesgarse a sanciones si los retrasos no son aprobados a tiempo.
Además, la posibilidad de que distintos países apliquen criterios diferentes en la transposición de la normativa podría generar un mercado fragmentado con reglas desiguales en distintos Estados miembros.
Un paso atrás en la regulación de inversiones sostenibles
El Paquete Ómnibus también introduce modificaciones sustanciales en la Taxonomía Verde, el marco que establece criterios para determinar qué inversiones puede considerarse ambientalmente sostenibles. Su objetivo original era canalizar capital hacia proyectos alineados con la transición climática y evitar el greenwashing. No obstante, las reformas propuestas podrían debilitar su alcance de manera significativa.
Al igual que pasa con CSRD, solo las empresas de más de 1.000 empleados estarán obligadas a reportar su alineación con la taxonomía, lo que deja fuera a un gran porcentaje de compañías, incluidas muchas que operan en sectores clave para la transición ecológica. Por tanto, la mayor parte de las entidades económicas quedará libre de cumplir con los requisitos, lo que podría reducir la presión para la transición ecológica y disminuir la disponibilidad de datos homogéneos sobre inversiones sostenibles.
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También se propone la introducción del reporte de alineación parcial, es decir, se permitirá reportar un cumplimiento parcial en lugar de una alineación total, lo que podría dificultar la transparencia y la comparabilidad de las inversiones sostenibles.
Al reducirse el número de empresas obligadas a reportar su alineación con la Taxonomía Verde, los inversores tendrán menos información confiable sobre la sostenibilidad de sus carteras, lo cual podría derivar en una menor confianza en los productos financieros etiquetados como “verdes” y en una mayor dificultad para evaluar la autenticidad de las inversiones alineadas con los objetivos climáticos europeos.
A su vez, muchas compañías, especialmente aquellas que se encuentran en sectores de alto impacto ambiental, podrían decidir posponer o incluso descartar inversiones en procesos productivos más sostenibles, priorizando estrategias de corto plazo que no necesariamente contribuyan a los objetivos climáticos de la UE. También, con una menor cobertura regulatoria, es posible que aumente el riesgo de prácticas de greenwashing, donde productos supuestamente verdes no cumplen con estándares estrictos de sostenibilidad.
Por todo esto, los cambios en la Taxonomía Verde han sido recibidos con escepticismo por parte de inversores, reguladores y analistas, quienes advierten que esta flexibilización podría reducir el atractivo de la inversión sostenible y afectar los esfuerzos de descarbonización de la economía europea.
Hay quien advierte que los cambios en la Taxonomía Verde podría reducir el atractivo de la inversión sostenible y afectar los esfuerzos de descarbonización de la economía europea.
La CSDDD queda aún más aligerada
Los cambios introducidos en la ya considerada descafeinada Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial también representan un claro retroceso en los avances que se habían logrado en materia de responsabilidad empresarial. La directiva, concebida para establecer un marco de diligencia debida que garantizara el respeto de los derechos humanos y el medioambiente en toda la cadena de suministro de las empresas europeas, ha sido modificada sustancialmente con el objetivo de reducir su carga regulatoria.
Uno de los principales cambios radica en la limitación del alcance de la diligencia debida, que ahora se restringe únicamente a los proveedores directos. En la versión original de la CSDDD, las empresas debían garantizar que toda su cadena de valor, incluyendo proveedores indirectos y subcontratistas, cumpliera con estándares adecuados en materia de derechos humanos y sostenibilidad ambiental. Con la reforma, la obligación de supervisión queda reducida a las relaciones comerciales de primer nivel, lo que deja sin control una gran parte de las operaciones con alto riesgo de vulneración de derechos fundamentales.
En cuanto a la frecuencia de las evaluaciones de cumplimiento, mientras que en la versión inicial se establecía la necesidad de realizar auditorías anuales para verificar el respeto a los principios de diligencia debida, con la nueva propuesta este requisito se relaja, permitiendo que las empresas realicen evaluaciones cada cinco años. Esta flexibilización no solo disminuye la efectividad de la norma, sino que también dificulta la detección temprana de posibles violaciones.
Además, se ha eliminado la referencia explícita a la responsabilidad civil en caso de incumplimiento de la CSDDD. Anteriormente, las empresas que no implementaran medidas adecuadas podían enfrentarse a demandas legales y a la obligación de compensar a las víctimas de abusos medioambientales o laborales. Con los cambios propuestos, este mecanismo de sanción desaparece, lo que reduce significativamente la capacidad de exigir rendición de cuentas a las empresas que incumplan sus obligaciones.
La flexibilización de la Directiva sobre la diligencia debida CSDDD plantea serias dudas sobre el compromiso de la UE con la sostenibilidad empresarial y la protección de los derechos fundamentales.
Otro cambio sustancial es la suavización de las sanciones económicas que quedan en manos de cada Estado miembro, lo que podría derivar en importantes diferencias en su aplicación y, en última instancia, fomentar una competencia desleal entre jurisdicciones más o menos exigentes.
La sociedad civil, activistas medioambientales y defensores de los derechos humanos, advierten que la nueva CSDDD es mucho menos efectiva para garantizar que las empresas europeas operen de manera ética y sostenible. También se ha señalado que, al debilitarse el marco de diligencia debida, la UE podría perder su liderazgo internacional en esta materia, enviando un mensaje equivocado a otros mercados que buscan avanzar en regulaciones similares.
En definitiva, la flexibilización de la CSDDD plantea serias dudas sobre el compromiso de la UE con la sostenibilidad empresarial y la protección de los derechos fundamentales.
Los retos de las empresas tras el recorte normativo
La introducción del Paquete Ómnibus ha sido presentada como una medida de simplificación regulatoria, pero en la práctica ha desmantelado o debilitado varios de los pilares clave de la agenda de sostenibilidad empresarial, creando desconcierto. Si bien la reducción de la carga administrativa es un argumento válido, la forma en que se han planteado estos cambios ha dejado en el aire muchas preguntas sobre el futuro de la regulación ASG (ambiental, social y de gobernanza) en Europa.
Muchas empresas, en particular aquellas que ya habían comenzado a adaptarse a las exigencias de reporte, se enfrentan a un dilema complejo. Por un lado, continuar con sus planes de cumplimiento representa una inversión significativa que podría volverse innecesaria si los cambios propuestos finalmente se aprueban. Por otro, detener estos esfuerzos podría traducirse en sanciones si la normativa actual sigue en vigor hasta que se formalicen los ajustes. Esta falta de certeza supone un problema tanto para las grandes corporaciones como para las pymes que dependen de marcos regulatorios claros para desarrollar sus estrategias de sostenibilidad.
En el caso de nuestro país, cabe recordar que la CSRD ni siquiera ha sido todavía traspuesta a nivel español, añadiendo aún más incertidumbre alrededor de su cumplimiento.
Más allá de la simplificación regulatoria, la necesidad de un marco normativo claro, sólido y estable sigue siendo fundamental para garantizar que la sostenibilidad empresarial no se convierta en una opción, sino en una norma de obligado cumplimiento.
El impacto de esta incertidumbre no se limita a las empresas. Inversores, agencias de calificación ASG y entidades financieras que utilizan la regulación europea como referencia para la toma de decisiones también se ven afectados por la volatilidad del marco normativo. La credibilidad de la UE como líder en sostenibilidad podría verse comprometida si las modificaciones son percibidas como una renuncia a los compromisos ambientales y sociales que el bloque ha defendido durante los últimos años.
En ese sentido, el futuro de la regulación de sostenibilidad en la UE dependerá en gran medida de cómo evolucione el proceso legislativo, con Estados miembros con diferentes visiones de cómo proceder finalmente con las Directivas y con la transposición final de las normas a discreción de cada uno de ellos.
A corto plazo, la recomendación para las empresas es continuar con la preparación de sus informes de sostenibilidad y sus estrategias de diligencia debida, manteniendo la flexibilidad para adaptarse a cualquier cambio que pueda surgir en el camino.
La volatilidad en el ámbito regulatorio es un desafío, pero también una oportunidad para aquellas organizaciones que sepan adelantarse y gestionar la incertidumbre de manera proactiva.
El debate en torno al Paquete Ómnibus no ha terminado, y lo que suceda en los próximos meses será crucial para definir el papel de la UE en la agenda global de sostenibilidad. Lo que queda claro es que, más allá de la simplificación regulatoria, la necesidad de un marco normativo claro, sólido y estable sigue siendo fundamental para garantizar que la sostenibilidad empresarial no se convierta en una opción, sino en una norma de obligado cumplimiento.