<p>La nueva normativa implica decir 'adiós' a muchos envases de plástico que vemos hoy en los supermercados ya que, entre otras medidas, impulsa la venta a granel de alimentos como las frutas y los vegetales.<p>

La nueva normativa implica decir 'adiós' a muchos envases de plástico que vemos hoy en los supermercados ya que, entre otras medidas, impulsa la venta a granel de alimentos como las frutas y los vegetales.

La venta a granel y la reutilización, algunas claves de la nueva ley de envases

El Gobierno ha aprobado recientemente el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases con el que se pretende avanzar en la implantación de la economía circular. Entre las principales novedades se incluyen medidas orientadas a la prevención de residuos, el fomento de la venta a granel de alimentos, el aumento de envases reutilizables y la promoción del reciclado y marcado de productos.
3 enero 2023

El Real Decreto de Envases y Residuos de Envases aprobado por el Consejo de Ministros revisa en profundidad la actual normativa, en vigor desde hace más de 20 años, estableciendo objetivos y medidas concretas para envasadores, distribución, poseedores y administraciones.

Según el Gobierno, la nueva normativa, alineada con los objetivos de la Unión Europea, permitirá avanzar en la implantación de la economía circular y alcanzar los nuevos objetivos de reciclado de envases para 2025 y 2030.

Este real decreto persigue transponer y aplicar la Directiva de la UE sobre envases de plástico de un solo uso; impulsar la prevención en la producción de residuos de envases y su reutilización y alcanzar los objetivos de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso establecidos en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular y confirmar su cumplimiento, de cara al establecimiento del sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR).

También se desarrolla el régimen de responsabilidad ampliada del productor para todos los envases y residuos de envases, de forma que los productores afectados asuman el coste total de la gestión de estos residuos, teniendo en cuenta que la financiación que aporten los productores debe hacerse con criterios de economía circular.

Al mismo tiempo, se establecen mecanismos para aumentar la transparencia en la información de envases y residuos de envases, y un adecuado seguimiento y control de las obligaciones sobre puesta en el mercado de productos y gestión de sus residuos por parte de los productores de productos y organizaciones del sector.

Para ello se crea la sección de envases en el Registro de Productores de Producto, en el que todos los productores deberán inscribirse y al que deberán remitir anualmente información sobre la puesta en el mercado de envases, la gestión de sus residuos y la gestión financiera de los sistemas.

La nueva normativa incluye entre sus principales novedades medidas orientadas a la prevención de residuos. Así, establece objetivos nacionales de carácter orientador, que no son aplicables de forma sectorial ni a un tipo específico de producto envasado. En cuanto a los objetivos cuantitativos de reducción coinciden con los establecidos en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, aplicados a este flujo de envases, y marca un objetivo para 2030 de reducción del 20% para las botellas de plástico de un solo uso respecto a los niveles de 2022.

En la nueva norma se fijan objetivos como una reducción para 2030 del 20 % de las botellas de plástico de un solo uso respecto a los niveles de 2022.

Fomento de la venta a granel 

Por su parte, los comercios minoristas de alimentación deberán adoptar las medidas necesarias para presentar a granel aquellas frutas y verduras frescas que se comercialicen enteras. Esta obligación no se aplicará a las frutas y hortalizas envasadas en lotes de 1,5 kilogramos o más, ni a las frutas y hortalizas que se envasen bajo una variedad protegida o registrada, o cuenten con una indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica.

Tampoco afecta a las frutas y hortalizas que presentan un riesgo de deterioro o merma cuando se venden a granel, las cuales se determinarán por orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Ministerio para la Transición Ecológica y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto.

Una vez publicada esta lista, los comercios dispondrán de un plazo de seis meses para adaptar la venta de las frutas y hortalizas que no entren en estos supuestos.

Para fomentar la venta a granel de alimentos, especialmente en aquellos casos en los que el envase no aporta ningún valor añadido al producto, los comercios minoristas de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400 metros cuadrados destinarán al menos el 20% de su área de ventas a la oferta de productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables.

Aumento de envases reutilizables

En esta línea, el texto también ha incluido medidas para fomentar el aumento de la proporción de envases reutilizables comercializados y de los sistemas de reutilización de envases de forma respetuosa con el medio ambiente y de conformidad con el Tratado de la UE, sin comprometer la higiene de los alimentos ni la seguridad de los consumidores.

Así, los comercios minoristas de alimentación que vendan a granel alimentos y bebidas deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables por parte de los consumidores, que serán los responsables de su acondicionamiento y limpieza. Estos recipientes podrán ser rechazados por el comerciante si están manifiestamente sucios o no son adecuados, quedando exentos de la responsabilidad por los problemas de seguridad alimentaria que se pudieran derivar de la utilización de los recipientes aportados por los consumidores.

La reutilización de envases de bebida en el canal doméstico implicará un ahorro de costes, derivado por un lado de la menor fabricación de envases de un solo uso, y por otro de la desaparición de los costes de gestión de los residuos cuya generación se ha evitado.

De acuerdo con la directiva europea, el real decreto también fomentará la utilización de materiales obtenidos a partir de residuos de envases reciclados. En este sentido, establece porcentajes recomendados de plástico reciclado en los envases para 2025 y 2030, que sí serán obligatorios, por mandato comunitario, en el caso de las botellas de plástico de un solo uso.

Por otro lado, la norma dispone las obligaciones de marcado a partir del 1 de enero de 2025, un planteamiento que el Ministerio para la Transición Ecológica trasladó a los envasadores en 2021 para facilitar su adaptación voluntaria. Cabe señalar que la simbología del marcado queda a libre criterio del productor. Por otro lado, queda prohibido el marcado de envases con las palabras ‘respetuoso con el medio ambiente’ o cualquier otro equivalente que pueda inducir a su abandono en el entorno.

La nueva ley establece porcentajes recomendados de plástico reciclado en los envases para 2025 y 2030. Estos serán obligatorios, por mandato europeo, en el caso de las botellas de plástico de un solo uso.

El impuesto a los envases de plástico no reutilizable es otra de las medidas recogidas dentro de la nueva ley de residuos y suelos contaminados, aunque no específicamente en este real decreto.

El tributo, que recaerá sobre la industria y entró en vigor este 1 de enero, se aplicará a botes de droguería, de champú y gel; envases de detergente, botellas, envoltorios de almacenaje para el transporte de latas de bebidas y plásticos con burbujas para proteger objetos, entre otros. 

La OCU cree que es positiva, pero poco ambiciosa

La Unión de Consumidores y Usuarios (OCU) considera positiva esta nueva regulación ya que, según manifiesta, ofrece soluciones más sostenibles demandadas por los consumidores. Cree que el fomento de la reducción de residuos, del comercio a granel o del uso de recipientes reutilizables son iniciativas beneficiosas para los consumidores y el medio ambiente pero, al mismo tiempo, considera que la normativa resulta poco ambiciosa en algunos aspectos.

Por un lado, esta organización opina que el carácter orientador de la propuesta supone el riesgo de que se diluya la responsabilidad en su aplicación. También cree que el objetivo para 2030 de reducción del 20% para las botellas de plástico de un solo uso respecto a los niveles de 2022 podría ser más ambicioso.

Respecto al comercio a granel, OCU considera positivo que los comercios minoristas de alimentación que vendan a granel alimentos y bebidas deban aceptar el uso de recipientes reutilizables por parte de los consumidores. Sin embargo, OCU considera insuficiente el hecho de que incentive la presencia a granel acotada únicamente a alimentos y no se amplíe a otros productos como limpiadores, entre otras cuestiones. 

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