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Debida diligencia en derechos humanos para una inversión más sostenible
La relevancia de integrar los derechos humanos (DD. HH.) en la inversión sostenible y las principales normativas sobre esta materia a nivel europeo se abordan en el estudio temático de Spainsif Debida Diligencia y Derechos Humanos en las Finanzas Sostenibles.
La presión ejercida por la sociedad civil, inversores y consumidores para lograr una mayor transparencia y responsabilidad en las actividades empresariales ha llevado a que el sector financiero tome un papel proactivo en la incorporación de los DD. HH. dentro de sus procesos y políticas.
El incremento de los desafíos sociales, cada vez más evidentes tras las recientes crisis internacionales (crisis financiera de 2008, pandemia de covid-19, crisis energética y de cadenas de suministro), así como los conflictos que aún deben gestionarse en los próximos años —entre ellos, los vinculados a una transición energética justa y a la transformación hacia una economía más sostenible e inclusiva—, han generado una mayor urgencia de actuación.
No obstante, esa urgencia no solo responde a la creciente demanda de prácticas sostenibles, sino que también se alinea con la Agenda 2030 de la ONU, cuyo lema “No dejar a nadie atrás” establece la necesidad de proteger los derechos fundamentales en todas las áreas de desarrollo económico.
Este enfoque ha cobrado mayor relevancia con la reciente Directiva sobre Debida Diligencia en Materia de Sostenibilidad Corporativa de la Unión Europea, que marca un hito en la regulación vinculante para la protección de los DD. HH. en el ámbito empresarial y financiero.
¿Qué es la debida diligencia en derechos humanos?
La debida diligencia en materia de DD. HH. se define como un proceso continuo, proactivo y transversal mediante el cual las empresas y entidades financieras identifican, previenen, mitigan y rinden cuentas sobre los impactos adversos que sus operaciones puedan generar.
Este concepto se fundamenta en los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, que establecen un marco de actuación basado en tres pilares: el deber del Estado de proteger los DD. HH., la responsabilidad de las empresas de respetarlos y el acceso a mecanismos de reparación para las víctimas.
Pilares de los Principios Rectores de las Naciones Unidas y desarrollo del segundo pilar. Fuente: ‘Debida diligencia y Derechos Humanos en las finanzas sostenibles’, Spainsif.
Para implementar la debida diligencia de manera efectiva, las empresas deben establecer un compromiso formal con el respeto a los DD. HH., integrar este compromiso en sus políticas y procesos, y llevar a cabo evaluaciones de riesgos de manera regular.
La transparencia es también un elemento fundamental del proceso, ya que las empresas deben comunicar de forma clara y pública sus esfuerzos para gestionar los riesgos relacionados con los DD. HH., reforzando así la confianza de los inversores y otros grupos de interés.
El concepto de debida diligencia no solo abarca las operaciones propias de la empresa, sino que se extiende a la cadena de suministro y a las relaciones con los socios comerciales, involucrando procesos de trazabilidad y monitoreo.
Así, la implementación de un sistema de debida diligencia efectivo requiere la participación de todos los actores involucrados, desde los trabajadores y proveedores hasta las comunidades afectadas.
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Normativas para implementar la debida diligencia
La creciente regulación en materia de DD. HH. y debida diligencia ha transformado las expectativas y obligaciones de las empresas en la Unión Europea y a nivel global.
La Directiva de Debida Diligencia en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD por sus siglas en inglés) de la Unión Europea recientemente aprobada, establece la obligación para las empresas de identificar y gestionar riesgos asociados a los DD. HH. y al medio ambiente en todas sus actividades. Esta normativa abarca no solo a grandes corporaciones sino también a pequeñas y medianas empresas que formen parte de sus cadenas de valor.
Aplicación gradual de la Directiva de Debida Diligencia. Fuente: ‘Debida diligencia y Derechos Humanos en las finanzas sostenibles’, Spainsif.
La directiva europea no es la única referencia legislativa en el campo de la debida diligencia. Países como Alemania, Francia y los Países Bajos han adoptado sus propias leyes para obligar a las empresas a implementar procesos de debida diligencia. Un ejemplo es la Ley del Deber de Vigilancia de Francia, que exige a las grandes empresas la elaboración de un plan de vigilancia para identificar y prevenir riesgos de violaciones a los DD. HH.
De forma similar, la Ley de Debida Diligencia en las Cadenas de Suministro de Alemania establece responsabilidades para las empresas en cuanto a la identificación de riesgos y la mitigación de posibles impactos negativos.
En España, la Ley 11/2018 en materia de información no financiera y diversidad también incorpora obligaciones de divulgación para las empresas, exigiendo informar sobre los riesgos relacionados con los DD. HH. y las medidas adoptadas para gestionarlos.
A nivel de la Unión Europea, normativas como el Reglamento de Divulgación de Información sobre Finanzas Sostenibles (SFDR) y la Directiva de Información Corporativa en Materia de Sostenibilidad (CSRD) complementan este entorno regulatorio, estableciendo la necesidad de publicar información detallada sobre los procesos de debida diligencia implementados.
La Ley 11/2018 en materia de información no financiera y diversidad exige en España a las empresas informar sobre los riesgos relacionados con los DD. HH. y las medidas adoptadas para gestionarlos.
Estrategias para integrar los DD.HH.
La incorporación de los DD. HH. en la inversión sostenible ha cobrado protagonismo, impulsada por la creciente demanda de criterios ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) en el proceso de toma de decisiones financieras. Los inversores buscan cada vez más proyectos y empresas que no solo generen rentabilidad económica, sino que también contribuyan a un desarrollo socialmente responsable.
Esa integración en las estrategias de inversión permite a los inversores evaluar de manera más precisa el compromiso de las empresas con el respeto a los derechos fundamentales, minimizando riesgos y promoviendo modelos de negocio más sostenibles a largo plazo.
Estrategias como el screening positivo o negativo (es decir, la selección o exclusión de empresas con alto desempeño en criterios ASG o que realicen actividades poco éticas o insostenibles, respectivamente) son, según el estudio de Spainsif, las más utilizadas en la inversión sostenible en materia de DD. HH., mientras que el ejercicio de la propiedad activa a través de prácticas de engagement y voto refleja un interés significativo en temas relacionados con los DD. HH., la diversidad de género y los derechos laborales.
Sin embargo, la implementación de la debida diligencia en DD. HH. en el sector financiero enfrenta varios desafíos. La falta de datos estandarizados y fiables sobre el desempeño de las empresas en este ámbito dificulta la comparación y la evaluación objetiva.
La ausencia de datos estandarizados y fiables y la falta de un marco normativo uniforme son algunos retos que enfrenta la integración de los DD. HH. en la inversión sostenible.
Además, la ausencia de un marco normativo uniforme a nivel global genera inconsistencias y deja margen para interpretaciones variadas entre mercados. La falta de coherencia legislativa afecta no solo a las grandes corporaciones, sino también a las pequeñas y medianas empresas que desean adaptarse a estas normativas.
Otro desafío importante es la gestión de los riesgos indirectos a lo largo de la cadena de suministro global. Muchas empresas se encuentran en etapas iniciales de integración de los DD. HH. en sus estrategias, lo que limita la capacidad de los inversores para evaluar de manera completa sus políticas de sostenibilidad.
Para superar estos desafíos, se considera crucial desarrollar prácticas estandarizadas y herramientas de evaluación que permitan a los inversores y empresas medir de manera transparente y objetiva el respeto a los DD. HH. en sus actividades.
La innovación tecnológica también ofrece soluciones prometedoras para mejorar la debida diligencia en DD. HH. El uso de plataformas digitales para la trazabilidad de la cadena de suministro, la inteligencia artificial y el análisis de big data pueden facilitar la identificación temprana de riesgos y aumentar la capacidad de respuesta de las empresas.
Estas herramientas permiten, además de una mayor transparencia, una gestión más eficiente de los riesgos en toda la cadena de valor, promoviendo un enfoque más holístico de la debida diligencia.